Desde la vuelta a la democracia la descentralización de la administración del Estado es una necesidad reclamada por las distintas ciudades y territorios de todo Chile. Desde 1990 hasta hoy se han realizado impulsos descentralizadores, con éxito variado. Por ejemplo, las regiones conseguimos la elección directa de sus Consejos Regionales y, en abril de este año, elegiremos por primera vez al Gobernador Regional. Sin embargo, las voces por más autonomía y control de distintos territorios a lo largo de Chile están lejos de estar conformes. No hay duda: detrás de las demandas del 18 de octubre hubo muchas y muchos que se manifestaron por mayor poder para las regiones y los diversos territorios. Sin lugar a duda, la descentralización será uno de los temas que se deben discutir en la Convención Constitucional y que deber ser tratado por la nueva Constitución.
Si bien la descentralización, como concepto, pone muchas agendas e intereses sobre la mesa, hay cierto acuerdo en que se trata de, a lo menos, tres cuestiones básicas. En primer lugar, la descentralización se relaciona con el traspaso de poder político: la representación democrática de un gobierno local como, por ejemplo, sucede con la elección de cargos regionales por parte de sus representados y no desde Santiago. En segundo lugar, la descentralización involucra el traspaso de competencias político-administrativas: decisiones que antes se tomaban por organismos controlados por el gobierno central pasan a ser administrados por los representantes elegidos de la región, como sucede con políticas de planificación, empleo y gestión de recursos hídricos. Finalmente, otro grupo de asuntos a descentralizar son las facultades económicas-financieras, que involucran las decisiones presupuestarias y de financiamiento de la región, como por ejemplo el traspaso de decisiones presupuestarias o de recaudación de tributos.
Estos temas no son nuevos. Los procesos de descentralización comenzaron con la vuelta a la democracia en 1990 y dentro del marco normativo heredado por la dictadura. Si bien la Constitución de 1980 reconoce que la administración es “territorialmente descentralizada”, la agenda descentralizadora se ha movido más lento que en otros países que comparten la característica de ser un país unitario. Nos acostumbramos a que cada proceso de descentralización debiese enfrentar numerosos obstáculos, los que muchas veces venían desde políticos que no querían ver limitado su poder en el gobierno.
Con todo, la conciencia de las limitaciones de las atribuciones de las regiones ha ganado consenso. La creación de una Comisión Asesora Presidencial para la Descentralización y Desarrollo Regional por el segundo Gobierno de la Presidenta Bachelet presentó una revisión sistémica de las reformas necesarias para consolidar a Chile como un país efectivamente descentralizado. Sin embargo, la descentralización no ha sido abordada en sus reformas desde una perspectiva de conjunto que permita incorporar instrumentos, programas y recursos en forma coordinada y eficiente a fin de no duplicar esfuerzos o entorpecer la labor de los demás sectores. Al contrario, las reformas de descentralización se han caracterizado por ser negociaciones tortuosas, donde los diferentes intereses han terminado en proyectos de ley que dejan contentos a pocos y que no han reformado de manera sistemática el sistema de administración de las regiones. Sin ir más lejos, ya son muchas y muchos los que sostienen que el Gobernador Regional nace con atribuciones parciales, con materias que no están del todo claras, y sin facultades que estaban recomendadas en el informe de la Comisión Asesora. La reforma, sin ir más lejos, ignora la discusiones importantes como la función de los gobernadores provinciales o las facultades que los Municipios debiesen transferir a los Gobiernos Regionales.
A la luz de las limitaciones que ha enfrentado esta agenda, creo que el debate constitucional es una gran oportunidad, para trazar un nuevo camino en materia de descentralización. Ciertamente es difícil y debatible la conveniencia que una Constitución contenga con exactitud el tipo de atribuciones que tendrá cada organismo en una región. Sin embargo, sí debería establecer loa principios y organismos que estarán a cargo de la administración del territorio, con objetivos y facultades que cumplan con las expectativas que tienen los ciudadanos: mayor participación, transparencia y resultados concretos.
En definitiva, a la luz de las limitaciones que la agenda descentralizadora ha enfrentado, el debate constitucional será un momento para redefinirnos como un Estado que impulse equidad y armonía entre los territorios del país, que estudie la mejor forma de administrarlas y fortalezca y reordene las competencias de los distintos gobiernos locales.